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¡Zas! Madrid | April 25, 2024

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El Supremo confirma la nulidad de la venta de vivienda pública de la Comunidad de Madrid a Goldman Sachs - ¡Zas! Madrid

El Supremo confirma la nulidad de la venta de vivienda pública de la Comunidad de Madrid a Goldman Sachs
Redacción Zas Madrid

La Plataforma de Afectados por la Vivienda Pública y Social está satisfecha aunque «no puede cantar victoria definitiva»

El Tribunal Supremo confirma que la venta en 2013 de 2.935 viviendas sociales del antiguo Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) —actual Agencia de la Vivienda Social (AVS)— a la sociedad Encasa Cibeles, participada por los fondos de inversión Azora-Goldman Sachs, es nula y ha de quedar sin efecto.
La operación, que lleva en los tribunales desde hace siete años, se realizó durante el Gobierno de Ignacio González y reportó 201 millones de euros a las arcas madrileñas. La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite los recursos interpuestos por la Comunidad de Madrid y Azora contra las sentencias que dieron la razón a varios inquilinos de las viviendas, que denunciaron esta venta por las graves consecuencias que conllevó para ellos el cambio de propietario.

Argumentos de la sentencia
El Tribunal Supremo estimó en varias resoluciones que la venta fue «irregular» y quebró «la protección social» de las personas que vivían en ellas, como la sentencia emitida en septiembre a la demanda de varios inquilinos del Ensanche de Vallecas de la Plataforma de Afectados por Vivienda Pública (Pavps).
Los magistrados señalan que es «evidente la infracción del principio de innecesariedad en la enajenación de las 32 promociones de viviendas, con incidencia en las ocupadas por los arrendatarios apelantes» y agregan que la venta ha supuesto «la quiebra de la protección social de estos grupos de personas, colectivos favorecidos con el disfrute de viviendas de protección pública».
En junio, la sección octava de la Sala Contencioso Administrativo del TSJM ya rechazó los recursos de Comunidad y el fondo de inversión contra el fallo emitido en su día por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid, que anuló la citada operación de venta. El juez de primera instancia consideró que dicha adjudicación «no se ajusta a derecho» y no estaba justificada por ningún «informe o análisis complementarios de carácter técnico, económico, financiero y legal».
En concreto, el fallo señalaba que la enajenación de las viviendas repartidas en 32 promociones se justificó señalando que «no eran necesarias». «No se ofrece ni justifica la razón o el porqué dejan de ser necesarias dichas promociones, cuando juntan un total de 2.935 viviendas que cumplen una labor social, como es la de proporcionar a clases desfavorecidas una vivienda digna», argumentaba la sentencia ahora ratificada.
El Tribunal Supremo de Madrid confirmaba así el sentido de la sentencia inicial favorable a anular la enajenación de estas viviendas al fondo de inversión y argumenta que el cambio de titularidad de esas viviendas «no es irrelevante» para el arrendado, pues no es lo mismo que sea un privado que una administración pública.
Así, exponía que la administración pública está sometida al mandato de los artículos de la Constitución que aluden al derecho a la vivienda digna en términos de igualdad de oportunidades y, por tanto, desde los poderes públicos se debe promover «las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho» en lugar de una entidad privada, que como titular tiene como «finalidad la obtención de beneficios en una sociedad de mercado».
«El cambio de régimen jurídico que le ocasiona al recurrente no es meramente abstracto, antes bien tiene consecuencias directas y concretas, dada la diferencia entre los fines sociales que si tiene una Administración pública que no concurren en una empresa privada respecto a la vivienda y a la situación del arrendador», expone la sentencia aludiendo a la doctrina del Supremo sobre el asunto.
También apunta que el propio legislador autonómico «ha prohibido la realización en lo sucesivo de operaciones de enajenación como la que concierne al objeto de este recurso».
Además, el TSJM aseguraba que esas viviendas fueron concebidas con una función social para atender a personas que no pueden acceder a un piso a precio de mercado, algo que la mercantil (Azora) no tiene obligación de hacer.
«Todo ello partiendo de la base de que quieres ocupan estas viviendas lo hacen porque tienen una necesidad reconocida por la propia Administración al carecer de recursos para acceder a una vivienda a precio de mercado, o por estar, incluso, en declarado riesgo de exclusión social», recogía el fallo del TSJM.

Las casi 3.000 viviendas pertenecían al Plan Joven del Instituto de la Vivienda de Madrid, que fueron vendidas por un importe de 201 millones de euros, casi un 20 por ciento más que el precio fijado de salida (168,9 millones). Son en su mayoría pisos de uno y dos dormitorios con un máximo de 70 metros cuadrados de superficie. Las viviendas están ubicadas en las localidades de Madrid (1.380), Móstoles (259), Torrejón de Ardoz (224), Tielmes (21), Parla (240), Collado Villalba (44), Majadahonda (332), Navalcarnero (192), Leganés (36), Valdemoro (80) y Arroyomolinos (127).

Por su parte, la Plataforma de Afectados por la Vivienda Pública y Social ha asegurado se ha congratulado de la inadmisión de los recursos aunque «no puede cantar victoria definitiva», pues aún queda por resolver otro recurso presentado en la Sala Especial del Supremo aunque esta resolución deja claro que «las viviendas deben volver» a ser de titularidad pública. «Exigimos igualmente la reparación del daño causado. Se han ejecutado centenares de desahucios durante todos esos años de forma absolutamente ilegal».
En un comunicado hecho público por esta plataforma, las personas que vieron cómo sus hogares cambiaban de manos, se muestran satisfechos por la decisión del Supremo, que confirma que «el propietario de esas casas debe volver a ser el IVIMA, o más bien nunca debió dejar de serlo». Piden así la restitución de los inmuebles al Instituto de Vivienda de Madrid (IVIMA), hoy rebautizado como Agencia de la Vivienda Social (AVS).
La Plataforma de Afectados por la Vivienda Pública y Social recuerda que quedan todavía dos recursos interpuestos por Azora y por la Comunidad de Madrid en el TSJM, pero confían en que la esperanza de una “victoria” de cientos de familias y de quienes confían en un sistema público de vivienda está más cerca tras la inadmisión de recursos por parte del Alto Tribunal. Como han recordado desde 2013, el cambio de propietarios se ha traducido en desahucios y una modificación sustancial de las condiciones de contratación para las personas que residían en las viviendas vendidas a Goldman Sachs.

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